Por tanto, todos los empleados, públicos y privados, deberán reintegrarse a sus respectivos lugares de trabajo el miércoles 28, según la aplicación de los días feriados en la Ley 139-97.
No obstante, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo, aquellas empresas cuyas actividades requieran de su personal durante ese día, deben pagar una remuneración adicional a sus empleados.
La información fue pública en la red social Tuiter de la institución.